miércoles, 4 de noviembre de 2015

TAREA Nº 15: LA EMPRESA ES LA RESPONSABLE DE VERIFICAR QUE EL TRABAJADOR CUMPLE LOS REQUISITOS EN UN PERMISO










En este articulo se desarrolla el caso de los permisos retribuidos de una empresa, la cual, desde hacía años concedía permisos retribuidos a sus trabajadores relacionados con enfermedades graves, hospitalización, u otras circunstancias de familiares. En este caso, la empresa concedía estos permisos a sus trabajadores cuando los concuñados eran hospitalizados o tenían enfermedad grave. La empresa alega que fue un error y por eso dejó de conceder los comentados permisos. Un sindicato lo denuncia en el Juzgado de lo Social y solicita que se anule la suspensión de ese tipo de permisos retribuidos.
La jurisprudencia viene a señalar que es la empresa la que debe asegurarse/ verificar a quién y porque concede un permiso. Asimismo como a dispensado igual trato a concuñados que a cuñados a lo largo de los años, ha creado una condición más ventajosa a los trabajadores, por lo tanto ha creado un derecho adquirido a los trabajadores de la cual la empresa es única responsable.
En concreto la sentencia que se basa el artículo es la siguiente: STSJ PV 2476/2015. “El Sindicato UGT interpone demanda de conflicto colectivo frente a la empresa "TUBOS REUNIDOS INDUSTRIAL, SLU", Comité de Empresa, ELA CCOO, LAB y VTR solicitando que se dicte sentencia por la que se reconozca el derecho de los trabajadores/as de la empresa a disfrutar de las licencias retribuidas a los que den lugar las situaciones recogidas en el artículo 45 del Convenio, en relación a los familiares conocidos como concuñados, según la definición que de su figura se hace en el artículo 7 de la demanda, tanto desde su publicación como en los años sucesivos de vigencia del Convenio Colectivo .”






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